VIOLENCIA OBSTÉTRICA Y DERECHOS VULNERADOS – Por Nicole Quinteros

Nuestro país posee una Ley a nivel Nacional de Salud Pública, sobre parto respetado/humanizado (N 25.929) que fue sancionada y promulgada en el año 2004, pero reglamentada en el año 2015, 11 años después. Hago esta salvedad porque debemos entender las diferencias de cada instancia, ya que cuando una Ley se reglamenta, es a partir de ese momento que entra en vigencia su aplicación efectiva. 

Ésta Ley procura proteger y hacer valer los derechos de cada mujer, durante su embarazo, trabajo de parto, parto y postparto, como así también los de el/la recién nacido/a y su familia. Son los profesionales de la salud quienes cumplen el rol fundamental para que se garantice dicho cumplimiento, pero también y ante una situación de tanta vulnerabilidad, es necesario difundir la importancia de su contenido, informando a cada mujer y familia.

Nos dice para empezar, que las mujeres tienen  derecho a recibir un trato digno y respetuoso, a tener un parto respetado tanto a nivel biológico como psicológico, eligiendo y/o evitando procedimientos invasivos innecesarios, a tener información acerca de cómo evoluciona el trabajo de parto y el estado de salud de su hijo/a. Derecho a elegir un/a acompañante durante el trabajo de parto y el posparto, éste es a mi criterio uno de los puntos más importantes, ya que la contención psico-emocional es una prioridad que va a verse reflejada en la sucesión de los hechos. 

Hace hincapié además, en que «las obras sociales regidas por leyes nacionales y las entidades de medicina prepaga deberán brindar de manera obligatoria determinadas prestaciones relacionadas con el embarazo, el trabajo de parto, el parto y el postparto, incorporándose las mismas al Programa Médico Obligatorio».  Pero la realidad es que un porcentaje altísimo de mujeres no posee cobertura de prepaga ni obra social, lo que lamentablemente, dificulta aún más la exigencia de dicha asistencia en forma correcta.

En lo que respecta al nacimiento y para favorecer el vínculo con el bebé, el equipo de salud deberá fomentar el contacto entre la madre y el/la recién nacido/a desde un primer momento, independientemente si fue parto natural o cesárea. Además establece que la madre tiene derecho a tener a su hijo/a a su lado durante la internación de ambos (la excepción es si llegara el bebé a necesitar de cuidados especiales en neonatología). En cuánto a la lactancia, cada mujer tiene derecho a recibir asesoramiento e información de todo tipo ya sea para sí misma o para el cuidado del bebé. 

Claro que la Ley es mucho más extensa y pueden ver su contenido completo entrando a http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/95000-99999/98805/norma.htm  la intención es dar un panorama como introducción para luego analizar que sucede con su cumplimiento en el contexto que estamos viviendo de pandemia COVID – 19.

En la «normalidad» de nuestra vida cotidiana, sabemos que hay fallas al momento de aplicarla, que la violencia obstétrica sigue existiendo y que hay muchísimos casos sin importar edad ni clase social, en donde tampoco las madres ni los familiares son informados a la hora de ser atendidos o mismo en el proceso de parto/postparto. Entonces, qué sucede con la ley durante la pandemia? Que debemos saber? Siguen vigentes los mismos derechos? 

Hace unos días se dio conocer un comunicado desde CONSAVIG (Comisión Nacional Coordinadora de Acciones para la Elaboración de Sanciones de Violencia de género) sobre lo abordado en la Mesa de trabajo sobre violencia obstétrica en donde trataron como tema central, la situación de mujeres y otras personas gestantes que tienen fecha de parto o parirán durante este contexto de aislamiento social, preventivo y obligatorio, teniendo en cuenta las restricciones por el sistema de salud, que bien sabemos, es para el cuidado de todos/as.  Además menciona lo dicho por el Ministerio de Salud «Aún con las políticas de restricción de visitas, se permitirá la presencia de una persona sin infección, ni sospecha de COVID-19, elegida por la gestante como acompañante, tomando en consideración que la persona sea menor de 60 años y no posea enfermedades preexistentes».

Lo que también nos dice el comunicado es que se debe tener en cuenta lo cambiante de la situación en forma diaria por cuestiones de evolución del virus y que no todos los efectores de salud poseen las mismas condiciones edilicias y de recursos. Por tales motivos la mesa de trabajo de la CONSAVIG acordó responder y abocarse a cada consulta en particular, pensando un parto en determinadas condiciones basadas en derechos previamente adquiridos. Lo cuál destaco ya que conlleva un trabajo enorme hacerlo.

Insisto siendo reiterativa, que una de las formas que tenemos como sociedad para hacer valer nuestros derechos, es teniendo la información adecuada. En éste caso debemos preguntarnos porqué las mujeres buscamos a través de internet y/o redes sociales, informarnos acerca de todo lo que conlleva un embarazo, parto y postparto y no, recibiéndolo de los profesionales a los/as cuáles les compete hacerlo. De por sí hay muchísima incertidumbre en todo lo que gira entorno a éstas cuestiones, pero en éste contexto aún más. Y somos las mujeres quienes nos vemos expuestas completamente, entregadas al sistema en el momento más vulnerable. Por eso debemos llevar tranquilidad a cada futura madre, brindando el mayor conocimiento posible y exigiendo al sistema de salud brindarlo.

Entendemos que el sistema de salud se esta amoldando al manejo epidemiológico, pero queremos que se garanticen de manera efectiva nuestros derechos a la hora del parto natural o por cesárea, entendiendo que las decisiones tomadas son para resguardar la salud y no ejerciendo  violencia obstétrica dejando de lado lo que tanto nos costó que se visibilizara al punto de tener que elaborar una Ley para recibir un trato digno.

A continuación dejo datos que son de utilidad:

• Si estás transitando un embarazo y necesitas información concreta acerca de tus derechos a la hora del parto ingresa a  https://www.argentina.gob.ar/noticias/violenciak-obstetrica-defende-tus-derechos  

• CONSAVIG mail: consavig@jus.gov.ar

• Si no se cumplieron tus derechos a la hora del nacimiento o en el momento previo / posterior es violencia obstétrica y podes denunciarlo ingresando a http://www.jus.gob.ar/areas-tematicas/violencia-de-genero/denuncia-de-la-violencia-obstetrica-modelos-e-instructivo.aspx donde encontrarán un instructivo y nota de denuncia para completar.

Como siempre, agradezco la difusión de los temas que nos competen a todos/as, que ayudan al cumplimiento de leyes sin tener padecer la vulnerabilización de nuestros derechos con todo lo que eso conlleva. Procuremos el cuidado de la salud mental para resguardar nuestra integridad física y psíquica.

Y para finalizar, también quiero contarles que seguiremos abordando éste tema (el cuál abre un abanico de cuestiones a plantearnos o mejor dicho replantearnos) en próximas notas, aportando distintos puntos de vista y testimonios. 

Nicole Quinteros

Abogada / Agente en el Organismo de Niñez y Adolescencia de la Provincia de Buenos Aires / Formada en perspectiva de género y Responsabilidad Penal Juvenil.
Columnista en @RevistaSomosInfancia
IG @nicolequinteros.abogada

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