Cuidado personal compartido: poner al niño en el centro

De la «tenencia» al «cuidado personal». Hoy ya no hablamos de tenencia de los hijos, sino de cuidado personal compartido.

Antes, la palabra «tenencia» se usaba porque el niño era tomado como un objeto. Eso cambió hace muchos años. Hoy el niño es un sujeto de derechos, y esta nueva terminología lo ubica en ese lugar, con todo lo que eso significa para él y también para los padres.

El cuidado personal es el conjunto de derechos y facultades que tenemos los padres respecto de nuestros hijos.

El principio del Código Civil es que los papás, aunque estén separados y no convivan, ya tienen el cuidado personal compartido de sus hijos.

Solo en algunos casos, por decisión judicial o por acuerdo entre ambos, puede establecerse un cuidado personal unilateral, que sería lo mismo que antes se conocía como tenencia exclusiva.

Cuándo interviene un juez

Para que el cuidado sea unilateral, los padres deben acordarlo o el juez debe resolverlo.

El juez lo hace siempre pensando en el interés superior del niño: analiza la edad, el vínculo con cada progenitor, el tipo de trato que recibe y escucha lo que ese niño tiene para decir.

Incluso si el juez en algún momento otorgó el cuidado a uno solo de los padres, esa decisión puede revisarse.

Por ejemplo, si el padre o la madre que tiene el cuidado obstaculiza el régimen de comunicación con el otro, o si el niño está en riesgo, el juez puede modificar la medida y darle el cuidado al otro progenitor o volverlo compartido.

El cuidado personal puede ser por decisión judicial o por acuerdo de los padres, pero el principio general es que siempre sea compartido.

Cuidado alternado e indistinto

Dentro del cuidado compartido hay dos modalidades: el alternado y el indistinto.

El alternado es cuando el niño vive más o menos la mitad del tiempo con cada progenitor, es decir, tiene dos casas.

El indistinto, en cambio, es cuando no se tiene en cuenta el tiempo, sino que ambos padres comparten el cuidado sin que importe con quién pasa más horas el niño.

Todo esto se define en lo que llamamos plan de parentalidad, un acuerdo donde se organiza la vida cotidiana del niño cuando los padres no conviven: con quién vive, cómo se comunica con el otro, cómo se distribuyen los tiempos y las decisiones importantes.

Cuando no hay acuerdo

Cuando hay mucho conflicto, ponerse de acuerdo se vuelve casi imposible.

Uno de los puntos más difíciles es justamente el cuidado personal y el régimen de comunicación, junto con los alimentos.

Si los padres no logran acordar, hay que pedirle al juez que intervenga.

Una de las partes presenta la demanda, la otra responde, y el juez decide priorizando el bienestar del niño.

El juez evalúa muchos aspectos: cómo es el vínculo con cada progenitor, si alguno de los dos facilita o impide el contacto con el otro, si le habla mal o le implanta ideas al niño. Todo eso se tiene en cuenta.

Las decisiones cotidianas

Las decisiones más importantes —escuela, salud, vacaciones— deberían tomarse en conjunto.

El progenitor que no convive tiene derecho a ser informado sobre la salud y la escolaridad del niño.

Pero cuando hay conflicto, a veces uno de los padres toma decisiones unilaterales: cambia al niño de escuela, de médico o de barrio sin consultar.

En esos casos, el otro progenitor puede reclamar judicialmente.

Parece exagerado, pero hemos tenido que judicializar incluso cuestiones mínimas: a qué colonia de vacaciones va un niño o dónde toma clases de inglés.

Y esto no se trata del colegio o la colonia en sí, sino de la imposibilidad de mirar al hijo como una integridad, de entender que no es un objeto propio.

Cuando uno de los padres se apropia del niño y toma decisiones unilaterales, es el propio adulto quien está apropiándose de ese hijo.

Hoy existen fallos nuevos que sancionan esas conductas con multas o incluso con la pérdida del cuidado personal.

Cuando el niño dice «estoy acá»

Cuando hay conflicto, los niños tienen mil maneras de decir «estoy acá».

A veces lo hacen enfermándose, con broncoespasmos, con problemas en el habla, con trastornos en la conducta o con síntomas físicos.

Los niños piden que los miremos.

Por eso, nuestra prioridad siempre debe ser protegerlos: su cabecita, su voz, su integridad, su bienestar.

Los adultos tenemos otras herramientas.

Ellos son los más frágiles, los que menos recursos tienen, los que más marcas conservan.

Escucharlos de verdad

Hoy por suerte los niños son escuchados más que antes en los procesos judiciales.

No es que se decida exactamente lo que ellos dicen, pero su voz se considera dentro del contexto familiar, de acuerdo a su edad y madurez.

Hay que insistir en que sean escuchados, porque si decimos que los niños son prioridad, entonces debemos verlos y oírlos.

Separarse es una decisión de adultos.

Los niños no eligen eso, por eso tenemos la obligación de cuidarlos, protegerlos y acompañarlos en su integridad emocional.

El verdadero centro

En cada expediente, en cada audiencia, en cada historia, hay algo que se repite: los adultos discuten desde su dolor, pero los niños quedan en el medio.

Cuando logramos correr el eje y poner al niño en el centro, cambian las decisiones, cambia el tono, cambia todo.

Porque el niño no necesita elegir entre mamá o papá. Necesita sentirse querido por ambos, sostenido, visto.

A veces los conflictos son tan profundos que es como si algo del vínculo también empezara a involucionar, como si se cerrara ese útero simbólico del que el niño salió, y se olvidara que ese hijo no vino al mundo para pertenecerle a uno u otro, sino para ser.

Y ese es, tal vez, el mayor desafío: poder separarse como pareja sin dejar de ser padres, sin hacer del hijo un campo de batalla.

Poder mirarlo y recordar que, más allá de las diferencias, lo que nos une —y lo que debería seguir uniéndonos— es él.

Porque el niño, siempre, debe ser el verdadero centro.

Dra. Verónica Alfieri

Abogada integrativa

Divorcio Colaborativo Argentina ®️

Te compartimos la charla de la profesional en la radio:

Verónica Alfieri

Abogada

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