Restringir la capacidad ¿es quitar derechos?

Un cambio de paradigma para comprender la autonomía y los apoyos

Cuando una familia recibe un diagnóstico de discapacidad o de un padecimiento de salud mental, suele surgir una preocupación frecuente: ¿es necesario iniciar una restricción de la capacidad?: La respuesta, en la mayoría de los casos, es no.

Durante muchos años predominó la idea de que una persona con discapacidad o con un trastorno mental debía ser reemplazada en la toma de decisiones. Sin embargo, nuestro sistema jurídico cambió profundamente. Hoy, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, la Ley Nacional de Salud Mental N.º 26.657 y el Código Civil y Comercial de la Nación reconocen que todas las personas tienen derecho a tomar decisiones sobre su propia vida y a ejercer su capacidad jurídica en igualdad de condiciones.

La restricción de la capacidad ya no es la regla, sino una medida judicial excepcional. Que solo puede ser dispuesta por un juez cuando una persona, debido a una situación concreta, necesita protección para determinados actos y siempre procurando afectar lo menos posible su autonomía.

Esto significa que un diagnóstico no determina la capacidad de una persona. Tener autismo, síndrome de Down, una discapacidad intelectual, una enfermedad mental o incluso un Certificado Único de Discapacidad (CUD) no implica automáticamente que sea necesario restringir su capacidad. Cada persona es única y debe ser evaluada de manera individual, considerando sus habilidades, su historia de vida y los apoyos con los que cuenta.

Uno de los cambios más importantes introducidos por nuestra legislación es el concepto de apoyos. Ya no se trata de decidir por la persona, sino de brindarle las herramientas necesarias para que pueda comprender, participar y expresar su voluntad.

Los apoyos pueden ser familiares, profesionales o personas de confianza, cuya función es acompañar, facilitar la comunicación y promover la mayor autonomía posible.

Para muchas familias, especialmente cuando un hijo con discapacidad alcanza la mayoría de edad o cuando un adulto comienza a presentar un deterioro cognitivo, surgen dudas sobre cómo proteger sus derechos. En esos casos, es fundamental buscar asesoramiento jurídico especializado antes de iniciar cualquier proceso. No todas las situaciones requieren una restricción de la capacidad; en muchos casos existen alternativas que respetan plenamente la autonomía de la persona.

Como sociedad, todavía tenemos el desafío de dejar atrás los prejuicios. La verdadera inclusión no consiste en decidir por las personas, sino en garantizar que puedan participar activamente en las decisiones que afectan su vida. Y hacerlo con los apoyos que necesiten respetando siempre su dignidad, su voluntad y su proyecto personal.

Porque proteger no es reemplazar. Proteger es acompañar, escuchar y construir las condiciones para que cada persona pueda ejercer plenamente sus derechos.

Dra. María Sol Barreiro Díaz
Abogada – Especialista en Derecho de Familia, Discapacidad y Neurodiversidad.

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